El accidente in itinere del autónomo sigue siendo una de las contingencias más desconocidas y más frecuentemente denegadas por las mutuas. Sin embargo, la ley es clara y la jurisprudencia reciente no deja lugar a dudas: si eres autónomo y sufres un accidente de camino a tu negocio, tienes derecho a que se reconozca como accidente de trabajo.
¿Qué es el accidente in itinere para autónomos y qué dice la ley?
Desde el 26 de octubre de 2017, con la entrada en vigor de la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, el artículo 316.2 de la LGSS reconoce expresamente el accidente in itinere del autónomo. La norma establece que también se considera accidente de trabajo el sufrido al ir o volver del lugar habitual de prestación de la actividad, siempre que dicho lugar no coincida con el domicilio y esté declarado a efectos fiscales.
Antes de esa fecha, los autónomos del RETA estaban completamente excluidos de esta cobertura. Hoy, sus derechos están equiparados a los de cualquier trabajador por cuenta ajena.
El caso que refuerza el accidente in itinere del trabajador autónomo
En febrero de 2026, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (STSJPV, rec. 2047/2025) confirmó como accidente de trabajo la caída de una autónoma en la rampa de acceso al garaje próximo a su domicilio, cuando se disponía a desplazarse a su negocio en Munguía.
La mutua había rechazado la contingencia profesional alegando que no existía desplazamiento real. El TSJ vasco lo desestimó con un argumento clave: lo decisivo es que el trabajador haya salido ya del ámbito privado del domicilio. Portales, escaleras o garajes próximos pueden formar parte del trayecto laboral si el desplazamiento ya ha comenzado.
La sentencia también recuerda que no se puede exigir al autónomo una prueba reforzada por su condición, ni interpretar la norma de forma restrictiva hasta vaciar de contenido la cobertura legal.
Requisitos para que el accidente in itinere sea reconocido como contingencia profesional
Para que un accidente en trayecto sea reconocido como laboral, deben concurrir estos elementos: finalidad laboral del desplazamiento, trayecto habitual sin desvíos injustificados, congruencia temporal con el inicio o fin de la jornada, y haber abandonado ya el ámbito estrictamente privado del domicilio.
¿Qué consecuencias económicas tiene el reconocimiento como accidente de trabajo?
Si el accidente se califica como contingencia profesional, el autónomo percibirá el 75% de su base de cotización desde el día siguiente a la baja, a cargo de la mutua. Una diferencia económica muy significativa respecto a la baja por enfermedad común.
Si la mutua rechaza el accidente in itinere del autónomo, es posible reclamar ante el INSS y, si fuera necesario, acudir a la vía judicial.
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