Facturación Electrónica Obligatoria: El BOE Confirma Aplazamiento de Veri*Factu al 1 de Enero de 2027 Mediante el RDLey 15/2025
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 3 de diciembre de 2025 ha publicado el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, confirmando la noticia más esperada por el tejido empresarial: la prórroga de la obligatoriedad de adaptación al conocido como Reglamento Veri*Factu (Real Decreto 1007/2023). La medida tiene implicaciones directas en la adopción de la facturación electrónica obligatoria, ya que ambos reglamentos comparten fechas y público objetivo. Este Real Decreto-ley modifica específicamente el RD 1007/2023, el cual establece los requisitos técnicos que deben adoptar los sistemas informáticos de facturación de pymes y autónomos en la lucha contra el fraude fiscal.
La medida más relevante es el aplazamiento de un año en la aplicación de estos requisitos, brindando mayor margen para la necesaria adecuación de los sistemas informáticos. Esto tiene implicaciones directas en la adopción de la facturación electrónica obligatoria, ya que ambos reglamentos comparten fechas y público objetivo.
⏱️ El Nuevo Calendario Oficial: Criterio Veri*Factu y Facturación Electrónica
El aplazamiento es oficial y el nuevo calendario se estructura claramente, basándose en la obligación tributaria inicial, confirmando el criterio que veníamos manejando en nuestra asesoría:
- Primer Tramo: 1 de enero de 2027
- Obligados: Todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS), independientemente de su facturación.
- Prórroga: Se traslada desde el plazo inicial del 1 de enero de 2026.
- Segundo Tramo: 1 de julio de 2027
- Obligados: Las demás empresas y autónomos (personas físicas con actividad económica) que utilicen sistemas informáticos de facturación.
- Prórroga: Se traslada desde el plazo inicial del 1 de julio de 2026.
Este nuevo plazo unificado para la adaptación a los sistemas de facturación digital y el cumplimiento de la Ley Antifraude y la futura facturación electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) permite a las empresas y autónomos asegurar una implantación ordenada y homogénea, garantizando la trazabilidad y la seguridad jurídica de sus registros contables.
???? La Lucha Contra el Fraude: Más Trazabilidad y Seguridad
La esencia del Reglamento Veri*Factu y del sistema de facturación electrónica obligatoria es la lucha contra la economía sumergida y el fraude derivado del software de doble uso. La implementación de estos sistemas proporciona a la Administración una mayor seguridad y trazabilidad de la facturación.
Para su empresa, este tiempo extra es vital para:
- Evaluar la Conformidad: Comprobar si su software actual cumple con las especificaciones técnicas del RD 1007/2023 (Veri*Factu), que exige la emisión de un código QR y la remisión de registros a la AEAT.
- Aprovechar la Sinergia: Preparar su sistema no solo para Veri*Factu, sino también para la futura facturación electrónica obligatoria B2B, ya que ambas normativas requerirán software compatible.
- Digitalización Eficiente: Utilizar este plazo para seleccionar soluciones que le ofrezcan agilidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y eficiencia en la gestión administrativa.
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El Real Decreto-ley 15/2025 le ha dado un respiro, pero la fecha límite del 1 de enero de 2027 para todas las sociedades mercantiles es ineludible. En ENDAE Consultores & Asesores, somos expertos en la adaptación al Reglamento Veri*Factu y a la normativa de facturación electrónica obligatoria. Nuestro equipo le proporcionará la seguridad de que su software y sus procesos cumplen con los requisitos técnicos más exigentes.
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